AMPLIACIÓN DE LA SUBVENCIÓN ENERGÉTICA HASTA 31/12/2025
Nos complace comunicaros que la Generalitat de Catalunya ha comunicado oficialmente la ampliación de la subvención energética hasta diciembre 2025. Las bases siguen siendo las mismas, donde el cambio de ventanas es el principal implicado.
Este plan incluye seis programas diferentes, pero el que regula las ayudas en materia de eficiencia es el cuarto programa, ya que es el que se relaciona con el cambio de ventanas.
La subvención cubrirá el 40% del costo del cambio de ventanas, con una inversión mínima de 1.000 euros y un límite de 3.000 euros.
Para poder obtener estas subvenciones, el cambio de ventanas debe contribuir total o parcialmente a una de estas tres condiciones:
- Reducción de la demanda energética anual global de la calefacción y refrigeración de al menos el 7%.
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
- Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica y de permeabilidad al aire que se establecen en el documento básico de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.
Preguntas Frecuentes
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¿Quiénes pueden solicitar estas subvenciones?
Cualquier persona física o jurídica que sea propietaria de una vivienda o local en Cataluña y que cumpla con los requisitos establecidos por la convocatoria de las subvenciones.
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¿Qué tipo de ventanas se pueden instalar con estas subvenciones?
Con estas subvenciones se pueden instalar ventanas que sean más eficientes energéticamente, con un valor de transmitancia térmica (U) igual o inferior a 1,3 W/m²K.
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¿Cuánto dinero se puede obtener con estas subvenciones?
El importe de la subvención suele oscilar entre el 20% y el 40% del coste total de la obra, dependiendo de la convocatoria y de los criterios de valoración.
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¿Cómo se solicitan estas subvenciones?
Se deben presentar las solicitudes en el plazo establecido por la convocatoria, junto con la documentación requerida. Es importante seguir todas las instrucciones y cumplir con los requisitos establecidos para poder optar a la subvención.
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¿Qué plazo tengo para realizar la obra después de obtener la subvención?
Se establece un plazo máximo de 6 meses para realizar la obra y justificar el gasto. Es importante tener en cuenta este plazo antes de solicitar la subvención y planificar la obra en consecuencia.
Descargar Resolución TER/4279/2024-AGÈNCIA DE L’HABITATGE DE CATALUNYA – 27/11/2024